Familias en Riesgo
Posteado el 04. Mar, 2021 por Administrador en Otros temas
Sin dudas vivir es estar en riesgo. La vida se genera en un estrecho desfiladero entre el equilibrio de lo inerte y el desequilibrio de la desorganización total. Para defendernos de lo incierto, las personas nos organizamos social y cooperativamente en una matriz de interdependencia que llamamos Sociedad, la cual nos permite reaccionar con rapidez incluso ante alguno de los riesgos que no pudimos o supimos prever (tal como sucede con la pandemia de Covid19).
Pero no todos los riesgos dependen del comportamiento de la naturaleza. La propia matriz social que creamos para sobrevivir, genera una serie de riesgos derivados de la necesidad de cooperación. De allí la creación del Derecho y del principio de igualdad ante la ley. Aunque suene brutal, la idea de ojo por ojo y diente por diente ya implicaba una limitación a la acción vengativa. Su cumplimiento evitaba la valoración subjetiva que podía implicar algo así como: mi diente por la vida de toda tu familia.
Desde tiempos inmemoriales, el Derecho se ocupa de regular las relaciones entre las personas intentando evitar el abuso de los unos sobre los otros, requisito imprescindible para mantenernos organizados y lograr sobrevivir. En las Empresas familiares [EF] el documento que se ocupa de ese tema es el Protocolo familiar y el órgano que lo lleva a la práctica es el Consejo de Familia.
Pero ¿cuál es el riesgo que corren las EF que hacen que este tipo de instrumentos sean necesarios? Sucede que las EF son organizaciones productivas que constan de 3 ámbitos de pertenencia y acción que las vuelven potencialmente conflictivas. Estos son: 1. La Familia : compuesto por todos los familiares que pertenecen a la Familia empresaria posean o no acciones, trabajen o no en la empresa; 2. La Gestión: todos los familiares que trabajan en la EF; 3. La Propiedad: todos los familiares que poseen acciones de la EF. Ahora bien, sucede que lo que es tan claro desde el punto de vista analítico, no lo es para nada desde el punto de vista emocional. Por ejemplo, muchos de los miembros de la familia suelen estar legítimamente convencidos de que por el hecho de portar apellido pueden gozar de privilegios tales como el uso de tarjeta o auto corporativos, no pagar productos que retiran del negocio o recibir un empleo con una remuneración privilegiada sin necesidad de demostrar idoneidad acorde. A su vez, muchos de los que gestionan suelen creer que debido a que son familiares no deben rendir cuenta a nadie de su performance profesional. Y, finalmente, los que son dueños pero no gestionan pueden creer que tienen el derecho de dar órdenes directas a los colaboradores alterando así todas las líneas de reporte.
Para regular este tipo de casos -que les aseguro son infinitos y desafían a la imaginación- existe la posibilidad de crear Normas de Relacionamiento que aún cuando no sean jurídicamente exigibles crean una base de acuerdos mínimos que reducen sensiblemente el riesgo de conflicto familiar que, debido a su alta emotividad, tiene consecuencias imprevisibles.
Ahora bien, si los acuerdos son de buena fe y se logran por consenso, ¿por qué no cerrarlos con solo un buen apretón de manos y un brindis? Para explicarlo debemos apelar a los conceptos de Memoria interna y Memoria externa. La primera corresponde a la información que almacenamos en el cerebro el cual debido a que tiene una capacidad limitada hace continuas recomposiciones de lo recordado. Así en verdad nunca recordamos esa Victoria alada que una vez vimos en El Louvre, sino el recuerdo del recuerdo del recuerdo de aquel acontecimiento inicial. La segunda memoria en cambio se almacena en soportes externos al cerebro (desde tabletas de arcilla hasta La nube) y tiene la característica de permanecer idéntica en el tiempo. Esta cualidad promueve cuatro beneficios:
- limita la discrecionalidad de las interpretaciones que se pueden dar aun actuando de buena fe;
- hace que las personas presten más atención a lo que suscriben;
- mejora la calidad de los acuerdos y
- disminuye la conflictividad potencial.
Jorge O. Hambra